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Registro Virtual de Obras de la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI

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Estimada cumindad, se les informa sobre la habilitación del servicio de registro de programas de ordenador mediante la plataforma de Registro Virtual de Obras de la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI, para que los programadores de software registren sus creaciones de manera totalmente digital.

Dicho registro Virtual no es obligatorio. Pues, a la fecha, la protección del derecho de autor sobre un determinado software, o alguno de sus componentes, es automática desde el momento de su creación.

El servicio de registro de programas de ordenador es virtual y de fácil acceso, dirigido a personas mayores de edad y empresas, mediante sus representantes.

Requiere ingresar al enlace:

https://www.gob.pe/10562-registrar-una-obra-en-el-indecopi

Además, de realizar el pago de la tasa de registro a través del Banco de la Nación o vía la plataforma Págalo.pe.

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